Regulación Estatal
Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala
Fecha de publicación

01/06/2022

Medio de publicación

Periódico Oficial del Gobierno del Estado

Tipo de Ordenamiento jurídico:

Ley Estatal

Vigencia

Vigencia indefinida

Link de creación
VER

Dependencia

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

Fechas y links de modificaciones

Fecha de Modificación: 19/10/2022

Ámbito de Aplicación:

Estatal

Objeto de la Regulación

Reducir los impactos ambientales en el territorio estatal

Sujetos Regulados

  • Publico en general

Materias Reguladas

  • Ecología y Medio Ambiente

Sector Regulado

  • Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza

Índice de la regulación

TÍTULO PRIMERO

GENERALIDADES

CAPITULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Ámbito de aplicación y supletoriedad

Artículo 2 Objeto de la Ley

Artículo 3 Principios rectores de la Ley

Artículo 4 Glosario de la Ley

Artículo 5 Responsabilidad compartida de la protección del medio ambiente

TÍTULO SEGUNDO

DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DEL ESTADO

CAPÍTULO I

DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

Artículo 6 Autoridades en materia de Protección al Medio Ambiente

Artículo 7 Atribuciones de la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 8 De la Secretaría de Medio Ambiente

Artículo 9 Atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente

Artículo 10 Facultades y obligaciones de la persona titular de la Presidencia Municipal

Artículo 11 Facultades de los Ayuntamientos

CAPÍTULO II

DE LA PARTICPACIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA

Artículo 12 Participación y responsabilidad de la sociedad

Artículo 13 Acciones a llevar a cabo para la participación y responsabilidad de la sociedad

Artículo 14 De los Consejos Municipales de Medio Ambiente

Artículo 15 Funciones de los Consejos Municipales de Medio Ambiente

Artículo 16 Integración de los Consejos Municipales de Medio Ambiente

Artículo 17 De las sesiones de los Consejos Municipales

Artículo 18 Unidad Municipal de Protección al Medio Ambiente

CAPITULO III

DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

Artículo 19 Funciones del Sistema Estatal de Protección al Medio Ambiente

Artículo 20 Integración del Sistema Estatal de Protección al Medio Ambiente

CAPITULO IV

DE LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN DE UNA CULTURA AMBIENTAL

Artículo 21 Subsistema Estatal de Formación Ambiental

Artículo 22 Integración del Subsistema Estatal de Formación Ambiental

Artículo 23 Funciones a cargo del Subsistema Estatal de Formación Ambiental

Artículo 24 Programa Estatal Institucional de Ahorro de Energía y Sustentabilidad

CAPITULO V

DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TÉCNOLOGICO

Artículo 25 Celebración de convenios y sus propósitos

Artículo 26 Acciones de promoción e incentivos  

Artículo 27 De las Redes Municipales de Medio Ambiente, su integración y actividades

CAPITULO VI

DE LA PROCURADURÍA

Artículo 28 Naturaleza jurídica de la Procuraduría

Artículo 29 Atribuciones de la Procuraduría

Artículo 30 Unidades Administrativas de la Procuraduría

Artículo 31 Instrumentos jurídicos que rigen a la Procuraduría, así como su órgano de gobierno

Artículo 32 Del Procurador

Artículo 33 Atribuciones del Procurador.

Artículo 34 Relaciones laborales entre la Procuraduría y su personal

CAPITULO VII

DE LOS DEFENSORES AMBIENTALES

Artículo 35 Quienes se consideran defensores ambientales

Artículo 36 Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección

Artículo 37 Del Comité de Protección

CAPITULO VIII

DEL FONDO ESTATAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Artículo 38 Establecimiento del Fondo Estatal de Protección al Ambiente

Artículo 39 Destino de los recursos

Artículo 40 Integración de los recursos del fondo

Artículo 41 Integración del Comité Técnico del Fondo Estatal de Protección al Ambiente

Artículo 42 Reglas para la creación, funcionamiento y administración del fondo

TÍTULO TERCERO

DE LA PLANEACIÓN AMBIENTAL DEL ESTADO

CAPITULO I

DEL PROGRAMA ESTATAL DE MEDIO AMBIENTE

Artículo 43 Del Programa Estatal de Protección al Ambiente

Artículo 44 Principios rectores del Programa

CAPITULO II

DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLOGICO DEL TERRITORIO ESTATAL

Artículo 45 Objeto del Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal

Artículo 46 Programas a través de los cuales se llevará a cabo el Ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal

Artículo 47 Criterios que debe considerar la formulación de los programas de ordenamiento ecológico

Artículo 48 Forma en la que se llevará a cabo la formulación, expedición, ejecución y evaluación del Ordenamiento Ecológico Territorial de la Entidad

Artículo 49 Apoyo y asesoramiento técnico por parte de la Secretaría

Artículo 50 Programa de ordenamiento ecológico regional expedidos por el Gobierno del Estado a través de la Secretaría

Artículo 51 Bases para la elaboración, aprobación, expedición, evaluación y modificación de los programas de ordenamiento ecológico local y regional

Artículo 52 Declaratorias que establezcan zonas de restauración ecológica

Artículo 53 Cuestiones que expresarán las declaratorias

Artículo 54 De los criterios y normas ambientales estatales expedida por la autoridad competente

CAPITULO III

DE LOS PROGRAMAS ESPECÍFICOS

Artículo 55 Programas específicos que deberá desarrollar la Secretaría

Artículo 56 Grupos poblacionales que se deberán considerar en el desarrollo e implementación de los programas específicos

Artículo 57 Previsiones administrativas y presupuestales para la realización de los programas focalizados

TITULO CUARTO

DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN

CAPITULO I

IMPACTO AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO

Artículo 58 Del procedimiento de evaluación de una manifestación de impacto ambiental

Artículo 59 Resolución recaída a la manifestación del impacto ambiental

Artículo 60 Motivación y fundamentación de la negativa

Artículo 61 Sistema de seguimiento

Artículo 62 Manifestación de impacto ambiental en actividades riesgosas

Artículo 63 Medidas de seguridad para prevenir y controlar los accidentes

Artículo 64 Expedición de la Licencia Ambiental Estatal

Artículo 65 Definición de la Licencia Ambiental Estatal.

CAPITULO II

DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE

Artículo 66 Medidas de prevención y control de la contaminación a la atmósfera

Artículo 67 De las medidas preventivas y correctivas

Artículo 68 Atribuciones de la Procuraduría en materia de prevención y control de la contaminación a la atmósfera

Artículo 69 Obligaciones de las personas físicas o morales que tengan fuentes emisoras de contaminantes que rebasen los límites permisibles

Artículo 70 Atribuciones de la Secretaría y la Procuraduría en materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera producida por vehículos automotores

Artículo 71 Obligaciones de los propietarios o poseedores de vehículos automotores matriculados en el Estado de Tlaxcala

Artículo 72 Emisiones a la atmósfera provocadas por erupciones volcánicas, incendios forestales, quemas agrícolas, tolvaneras y otros siniestros

CAPITULO III

DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA

Artículo 73 Atribuciones de la Secretaría en materia de contaminación del agua

Artículo 74 Facultades de los municipios a través de sus órganos operadores de agua potable y alcantarillado

Artículo 75 Obligaciones de las personas físicas o morales que descarguen aguas residuales de origen industrial o de servicio

Artículo 76 Naturaleza jurídica de la Comisión Estatal del Agua y Saneamiento del Estado de Tlaxcala

CAPITULO IV

DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO

Artículo 77 Criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos

Artículo 78 Autoridades a las que les corresponde la regulación del manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos

Artículo 79 del Reglamento para el Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial

Artículo 80 Aprovechamiento de minerales o sustancias no reservadas a la Federación

Artículo 81 Medidas necesarias para evitar la degradación del suelo y el daño a sus recursos

CAPITULO V

CONTAMINACIÓN VISUAL, POR RUIDO Y VIBRACIONES

Artículo 82 Atribuciones de la Secretaría en materia de contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, energía lumínica, olores y contaminación visual

Artículo 83 Auxilio de las Unidades Municipales de Protección al Medio Ambiente en las acciones de inspección y vigilancia

Artículo 84 Acciones preventivas y, en su caso, aplicación de sanciones correspondientes

Artículo 85 Emisiones de contaminantes provenientes de zonas o fuentes de jurisdicción federal

TÍTULO QUINTO

DE LA RESTAURACIÓN DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

CAPITULO I

DE LA PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

Artículo 86 Distribución de competencias en materia de prevención y control de emergencias ecológicas y continencias ambientales

Artículo 87 Estudios para el establecimiento de las medidas

Artículo 88 Programas a cargo de la Secretaría y su contenido

Artículo 89 Programas sometidos a la consideración del organismo estatal de medio ambiente

Artículo 90 Evaluación anual del funcionamiento de los programas

Artículo 91 Competencia federal o municipal resultado de los estudios

Artículo 92 Facultades de los Ayuntamientos, por medio de las Unidades de Protección al Medio Ambiente.

CAPITULO II

DE LAS ACTIVIDADES DE RIESGO AL MEDIO AMBIENTE

Artículo 93 Publicación de los listados de actividades que no son consideradas altamente riesgosas

Artículo 94 Autorización de la Secretaría para la realización de las actividades que no sean altamente riesgosas

Artículo 95 Aprovechamiento de minerales o sustancias no reservadas a la Federación que constituyan depósito de naturaleza semejante a los componentes de los terrenos

Artículo 96 Medidas de protección ambiental y de restauración ecológica a cargo de la Secretaría

Artículo 97 Cuestiones que debe procurar la Secretaría

Artículo 98 Obligaciones de quienes realicen actividades de exploración, explotación y aprovechamiento de los minerales o sustancias no reservadas a la Federación

Artículo 99 Disposiciones conducentes para la preservación y restauración del equilibrio ecológico

CAPITULO III

DE LAS ARÉAS NATURALES PROTEGIDAS

Artículo 100 Protección de reservas ecológicas

Artículo 101 Cuáles se consideran áreas naturales protegidas

Artículo 102 Establecimiento, administración y desarrollo de las áreas naturales protegidas

CAPITULO IV

DE LA DECLARATORIA DE PROTECCIÓN

Artículo 103 Establecimiento de áreas naturales protegidas mediante declaratoria expedida por la persona titular del Ejecutivo Estatal

Artículo 104 Propuestas de declaratorias de áreas naturales protegidas estatales y federales

Artículo 105 Elementos de las declaratorias

Artículo 106 Publicación oficial de las declaratorias y aspectos que deben comprender

Artículo 107 Instrumentos jurídicos relativos a derechos relacionados con bienes inmuebles ubicados en áreas naturales protegidas

Artículo 108 Respeto a la posesión de los inmuebles y los regímenes de propiedades

Artículo 109 Autorización para la exploración, explotación y aprovechamiento de los recursos de áreas naturales protegidas estatales y municipales

CAPÍTULO V

SISTEMA ESTATAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS Y ZONAS SUJETAS A RESTAURACIÓN ECOLOGICA

Artículo 110 Del Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas

Artículo 111 Registro de las áreas integrantes del sistemas estatal de áreas naturales protegidas

Artículo 112 Acuerdos de concertación para coadyuvar en la conservación, administración, desarrollo y vigilancia de las áreas naturales protegidas

CAPITULO VI

DENUNCIA POPULAR

Artículo 113 Personas con capacidad para denunciar actos materia de denuncia

Artículo 114 Requisitos de la denuncia popular

Artículo 115 Casos en que la denuncia deba ser sustanciada ante la Procuraduría

Artículo 116 Determinación de la existencia de actos, hechos u omisiones constitutivos de la denuncia

Artículo 117 Coadyuvancia del denunciante con la Procuraduría

Artículo 118 Actos, hechos u omisiones en que hubieren incurrido autoridades federales, estatales o municipales

Artículo 119 Denuncias populares que no impliquen violaciones a la normatividad ambiental ni afecten cuestiones de orden público e interés social

Artículo 120 No afectación del ejercicio de otros derechos o medios de defensa

Artículo 121 Causas por las que concluyen los expedientes de denuncia popular

Artículo 122 Requerimientos de la Procuraduría

Artículo 123 Facultad de la Procuraduría para iniciar acciones procedentes

Artículo 124 Reparación del daño

Artículo 125 Daños o perjuicios

CAPITULO VII

DE LA AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍA AMBIENTAL.

Artículo 126 Normas ambientales vigentes en procesos voluntarios de autorregulación ambiental

Artículo 127 Beneficios del programa de Auditoría Ambiental y su estructura

Artículo 128 Garantía del derecho a la información

Artículo 129 Finalidad de la auditoría ambiental voluntaria

Artículo 130 Actividades de inducción o concentración a cargo de la Secretaría y la Procuraduría.

TITULO SEXTO

RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 131 Ámbito de competencia  

CAPITULO II

DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Artículo 132 Acuerdos de coordinación para realizar actos de inspección y vigilancia

Artículo 133 Visitas de inspección

Artículo 134 Reglas para el inicio de la inspección

Artículo 135 Levantamiento de actas en las visitas de inspección

Artículo 136 Obligación de las personas con quienes se entiendan las diligencias, de permitir acceso al lugar o lugares que se indiquen en la orden respectiva

Articulo 137 Auxilio de la fuerza pública

Artículo 138 Requerimiento de medidas correctivas

Artículo 139 Resolución

Artículo 140 Convenio de acciones de reparación y compensación de daños

Artículo 141 Cumplimiento de las obligaciones contenidas en el convenio

CAPITULO III

DE LOS MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS AMBIENTALES

Artículo 142 Objetivo de la Mediación y la Conciliación Ambiental

Artículo 143 Mediación y Conciliación Ambiental por voluntad mutua de los particulares

Artículo 144 Efectos de la Mediación y la Conciliación Ambiental

Artículo 145 Principios de la Mediación y la Conciliación Ambiental

Artículo 146 Área especializada para la Mediación y la Conciliación Ambiental

Artículo 147 Atribuciones del área especializada en materia de Mediación y Conciliación Ambiental

Artículo 148 Obligaciones del área especializada en materia de Mediación y Conciliación

Artículo 149 Imposibilidad de las y los mediadores para actuar como testigos en procedimiento legal alguno

CAPITULO IV

DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

Artículo 150 Medidas de seguridad aplicables

Artículo 151 Fijación de garantías por parte de la Procuraduría

CAPITULO V

De los Recursos Administrativos

Artículo 152 Procedencia y requisitos del recurso de inconformidad

Artículo 153 Admisión o desechamiento del recurso

Artículo 154 Suspensión del acto impugnado y sus requisitos

Artículo 155 Resolución al recurso administrativo

CAPITULO VI

DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Artículo 156 Sanciones a los Servidores Públicos

Artículo 157 Responsabilidad solidaria

Artículo 158 Reglas para la imposición de las sanciones

CAPÍTULO VII

Régimen Sancionatorio

Artículo 159 Responsabilidad de las personas que contaminen o deterioren el ambiente y reparación del daño

Artículo 160 Infracciones a los preceptos de la Ley serán sancionadas administrativamente por la Procuraduría

Artículo 161 Tipos de Sanción Administrativa

Artículo 162 Imposición de más de una de las sanciones administrativas

Artículo 163 Reglas para la imposición de las sanciones administrativas

Artículo 164 Acciones que pueden ser motivo de sanciones por el monto de treinta y seis a novecientas UMAs

Artículo 165 Acciones que podrán ser motivo de sanción por el monto de quinientas a treinta mil cuatrocientas treinta UMAs

Artículo 166 Acciones que podrán ser motivo de sanción por el monto de quinientas a trece mil quinientas UMAs

Artículo 167 Acciones que podrán ser motivo de sanción por el monto de mil cuatrocientas a cuarenta mil UMAs

Artículo 168 Acta detallada de la diligencia como respaldo de las sanciones

Artículo 169 Reiteración de infracciones

Artículo 170 Suspensión parcial o temporal de actividades

Artículo 171 Retención de vehículos

Artículo 172 Arresto administrativo

Artículo 173 Cancelación de permisos, concesiones o asignaciones

Artículo 174 Procedencia de la reparación del daño

Artículo 175 Sanción a los actos u omisiones que no estén previstos en el presente capítulo

TRANSITORIOS Del decreto No. 106 por el que se expide la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala, de fecha 02 de junio de 2022.

ARTÍCULO PRIMERO Entrada en vigor

ARTÍCULO SEGUNDO Se abroga la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala.

ARTÍCULO TERCERO La Secretaría contará con noventa días para la celebración de los convenios con el Poder Judicial Estatal para la capacitación

ARTÍCULO CUARTO Transición de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel

ARTÍCULO QUINTO Adecuaciones a los reglamentos correspondientes

ARTÍCULO SEXTO Convocatoria para la elaboración del Programa Técnico Ambiental

ARTÍCULO SÉPTIMO Campañas permanentes de difusión

ARTÍCULO OCTAVO Inspección y vigilancia por parte de los Municipios

ARTÍCULO NOVENO Reformas y adiciones a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala

ARTÍCULO DÉCIMO Transmisión de obligaciones y recursos, así como previsiones presupuestales

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO Plazo para la expedición de las normas ambientales estatales

TRANSITORIOS Del decreto No. 119 por el que se reforman y derogan diversas disposiciones, de fecha 19 de octubre de 2022

ARTÍCULO PRIMERO Entrada en vigor.

ARTÍCULO SEGUNDO Prórroga para las reformas y adiciones a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

ARTÍCULO TERCERO Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente Decreto.

Artículos que fundamentan la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias

Art. 76



Regulación vigente transparencia

Pendiente

Autoridad que la emite:

Autoridad que la aplica

SECRETARÍA DE GOBIERNO,

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONOMICO,

SECRETARÍA DE FINANZAS,

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TLAXCALA,

PROCURADURIA DE PROTECCION AL AMBIENTE,

COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE TLAXCALA,

COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA Y SANEAMIENTO,

INSTITUTO TLAXCALTECA PARA LA EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS,

SECRETARÍA DE TRABAJO Y COMPETITIVIDAD,

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO - UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE TLAXCALA,

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE TLAXCALA,

SECRETARÍA DE BIENESTAR DEL ESTADO DE TLAXCALA ,

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE TLAXCALA

No existen relaciones

Fundamento jurídico para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias:

Ley de Protección al Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala

Lista de inspecciones relacionadas a la regulación:

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